(02/07/2018) CRIE 67-2018
INSTRUIR al Ente Operador Regional, calcular los montos de los reintegros, establecidos en el numeral 11.5 del Procedimiento aprobado mediante la Resolución CRIE-31-2018, considerando el valor neto entre los Cargos Variables de Trasmisión netos y los Ingresos por Venta de Derechos de Transmisión, y correspondientes a los casos y periodos de mercado definidos en el referido numeral 11.5. y realizar las correcciones pertinentes a los DTER de los meses de abril y mayo de 2018, a través de los mecanismos establecidos por la regulación regional para realizar ajustes a los mismos. Asimismo, aplicar dicha instrucción para los sucesivos cálculos de reintegros derivados de lo dispuesto en el numeral 11.5 del Procedimiento aprobado mediante la Resolución CRIE-31-2018.
