Fecha de Publicación: 24/08/2020 |
LISTA DE EXPERTOS ELEGIBLES (LEE), QUE PODRÁ UTILIZAR LA CRIE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN CRIE-68-2017. |
Fecha de Publicación: 24/08/2020 |
LISTA DE EXPERTOS ELEGIBLES (LEE), QUE PODRÁ UTILIZAR LA CRIE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN CRIE-68-2017. |
Fecha de Publicación: 18/03/2020 |
COMUNICADOLA COMISIÓN REGIONAL DE INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA -CRIE- informa lo siguiente: Mientras dure el Estado de Calamidad Pública decretado en la república de Guatemala por la Pandemia COVID-19, la recepción de documentos se hará únicamente de forma electrónica al correo crie@crie.org.gt.
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Fecha de Publicación: 17/03/2020 |
La Comisión Regional de Interconexión procede a: Aclarar que para la aplicación del numeral 5.2.2 del Libro II del Reglamento del Mercado Eléctrico Regional (RMER), debe tomarse en consideración que las ofertas de inyección y de retiro que deben trasladar los OS/OMs diariamente al EOR y que deben ser presentadas por sus Agentes, podrían estar limitadas por lo que establece la regulación regional y nacional. De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 1.4.2.2 Libro II del RMER los OS/OMs se encuentran obligados a trasladar diariamente al EOR solamente ofertas de oportunidad para inyectar energía, solamente ofertas de retiro de energía o ambas, según corresponda. |
Fecha de Publicación: 07/02/2020 |
Informes de planificación de la expansión de la transmisión regionalLa Comisión Regional de Interconexión Eléctrica -CRIE- procede a publicar los informes de planificación que realiza el EOR:
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Fecha de Publicación: 03/01/2020 |
La Comisión Regional de Interconexión Eléctrica -CRIE- procede a: Aclarar que el numeral 4.12.7, literal “b)”, incisos “i.”, del Libro III del RMER, debe entenderse que todos los OS/OMs deben, a partir del 06 de noviembre de 2019, realizar el Estudio de Reserva de Regulación, al menos una vez cada dos años o bien, cuando el EOR lo solicite. En ese sentido, para realizar el primer estudio los OS/OMs tendrán plazo hasta el 06 de noviembre de 2021, a menos que el EOR les solicite haberlo realizado previo a dicha fecha. Por su parte se indica que el EOR no está facultado para extender la periodicidad máxima entre estudios establecida en la norma, el cual debe realizarse por lo menos cada dos años. |
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Fecha de Publicación: 04/12/2019 |
Informe de Diagnóstico – Propuesta de modificación regulatoria para la prestación del servicio de Regulación Primaria de Frecuencia. |
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