(20/12/2022) CRIE-31-2022
Se RESUELVE aprobar las modificaciones transitorias conforme el detalle presentado en el Anexo de la presente resolución, el cual forma parte integral de la misma, por un plazo máximo de seis meses a partir de su entrada en vigencia; lo anterior, en los términos establecidos en el literal f) del numeral 1.8.4.4 del Libro I del Reglamento del Mercado Eléctrico Regional (RMER).